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¿Cómo pueden los abogados mejorar su capacidad oratoria?

Pese al grado de comunicación oratoria alcanzado en dicha fase (que suele ser insuficiente), existen una serie de conocimientos imprescindibles para ser un buen orador, conocimientos que deberán ser adquiridos, bien mediante el propio autoaprendizaje, como a través de la lectura de publicaciones especializadas o la asistencia a cursos o seminarios.

A estos conocimientos nos referiremos en la presente colaboración:

Conocimiento del asunto

Para todo orador forense hay una consigna esencial: sin la comprensión adecuada de todos los antecedentes del asunto que vayamos a defender no hay oratoria. La oratoria no puede, bajo ningún concepto, suplir la carencia de conocimiento de los hechos que constituyen la materia que tenemos que tratar.

Por lo tanto, la preparación del caso con el análisis contrastado de los hechos, la forma de acreditarlos a través de las pruebas necesarias y la aplicación del derecho, son elementos esenciales que deben estar siempre presente en la formación del orador.

Conocimientos jurídicos

La formación del orador forense requiere igualmente un permanente estudio del derecho en todas sus variables: conocimiento de la norma positiva, la doctrina de los autores y de la jurisprudencia y sentencias de los tribunales menores, lo que se potenciará y actualizará a través de la oportuna preparación de los casos.

Argumentación

La argumentación es un tipo de discurso expositivo que tiene como finalidad defender con razones o argumentos una tesis, es decir, una idea que se quiere probar o sustentar una hipótesis. En el campo forense, y siguiendo a Quintiliano, la argumentación es el tipo de razonamiento que prueba y refuta las proposiciones relativas al derecho de las personas para obtener o hacer algo legítimamente, argumentación que los abogados deberán desplegar ante los jueces, con el fin de obtener el resultado pretendido a través del alegato oratorio.

De lo expuesto puede concluirse, que sin una adecuada técnica argumentativa, será imposible que el orador forense sea eficaz en su trabajo.

Comunicación verbal y no verbal

La comunicación verbal puede realizarse de forma oral (través de signos orales y palabras habladas) o escrita (por medio de la representación gráfica de signos). La comunicación no verbal es la que se lleva a cabo mediante el lenguaje no verbal, es decir, gestos, apariencia, postura, mirada y expresión, así como a través de multitud de signos como imágenes sensoriales (visuales, auditivas, olfativas…), sonidos, gestos, movimientos corporales, etc. Ambos lenguajes juegan un papel esencial en el proceso de comunicación en sala.

Esta materia puede cultivarse a través de la lectura de publicaciones en las que se exponen con detalle las correspondientes técnicas, si bien lo más recomendable es la asistencia a academias y escuelas que imparten cursos y seminarios de comunicación.

Asistencia a los tribunales

Especialmente para los abogados nóveles, es muy recomendable asistir a los Juzgados con el fin de presenciar juicios orales y de esta forma, aprender cómo otros compañeros con más experiencia despliegan sus habilidades oratorias. De esta forma, al presenciar intervenciones de variada calidad, podrá aprender lo que es necesario hacer y lo que debe de evitar. Esta práctica, que ha de ser una constante hasta al menos el primer año de ejercicio, debe conjugarse con la lectura de manuales de oratoria que nos ayudarán a conocer los aspectos más relevantes.

Experiencia y hábito de informar

La práctica del informe oral, a través de la defensa de los asuntos encomendados, constituye una herramienta esencial para desarrollar adecuadamente el arte de la oratoria. Desde el temor e inseguridad que caracterizan nuestras primeras intervenciones, el paso de los años nos ayudará a ir adquiriendo confianza y adoptando las medidas que nos ayuden a corregir los defectos que hayamos ido observando.

Conocimiento renacentista de las artes y ciencias

En este apartado, y a modo de miscelánea, incluyo la necesidad de que el abogado disponga de un conocimiento renacentista, es decir, una cultura vasta y profunda en numerosas materias. Esto se debe a que los abogados tratamos con asuntos que no se limitan al conocimiento de la ciencia jurídica, sino que esta debe aplicarse a situaciones de la vida real que afectan a todos los órdenes de la existencia humana.

Para alcanzar dichos conocimientos, el abogado deberá frecuentar la escritura y la lectura de textos de las más variadas disciplinas.

De todo lo anterior hemos de concluir que el abogado no nace con capacidad oratoria forense, sino que se hace, o lo que es lo mismo, la adquiere a través de un proceso constante de aprendizaje sin final.

Fuente: http://www.legaltoday.com/gestion-del-despacho/marketing/articulos/como-podemos-los-abogados-mejorar-nuestra-capacidad-oratoria

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